Qué es el certificado de contratas y subcontratas (REA)
El certificado de contratas y subcontratas es el documento que acredita que una empresa está inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas (REA), el registro público autonómico que exige la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. Sin esta inscripción, una empresa no puede actuar como contratista ni como subcontratista en una obra de construcción en España.
El registro no es un trámite administrativo aislado: acredita que la empresa cumple los requisitos de solvencia económica, formación preventiva de sus trabajadores y cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social que exige la ley. En obra, comprobar el certificado de una subcontrata debería ser un paso previo al acceso, no una gestión posterior.
Quién está obligado a tener el certificado de contratas y subcontratas
Están obligadas a inscribirse en el REA todas las empresas, con independencia de su tamaño, que vayan a intervenir en un proceso de subcontratación en el sector de la construcción, ya sea como contratista o como subcontratista, incluidos los trabajadores autónomos que se subcontraten para trabajos de la propia actividad. La obligación nace de la Ley 32/2006 y de su reglamento de desarrollo, el Real Decreto 1109/2007.
El registro es autonómico: la empresa se inscribe en el registro de la comunidad autónoma donde tenga su domicilio social, y esa inscripción es válida en el resto del territorio español. Cada comunidad autónoma gestiona su propio registro, aunque los requisitos de fondo son los mismos en toda España porque los fija la ley estatal.
Requisitos para obtener el certificado de contratas y subcontratas
Para inscribirse en el REA, la empresa debe acreditar: una organización preventiva adecuada (recursos propios o un servicio de prevención ajeno), formación en prevención de riesgos laborales de sus trabajadores y mandos, solvencia económica y estabilidad financiera, cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y un porcentaje mínimo de trabajadores con contrato indefinido.
La ley no fija un requisito de estar libre de sanciones previas, pero sí exige que la documentación presentada en el registro se mantenga vigente durante toda la inscripción: un certificado de la Seguridad Social caducado o un plan de prevención desactualizado puede dejar a la empresa fuera del registro aunque en su día cumpliera los requisitos.
Renovación y vigencia del certificado de contratas y subcontratas
La inscripción en el REA tiene una vigencia de tres años. Antes de que termine ese plazo, la empresa debe solicitar la renovación aportando de nuevo la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos; si no lo hace, la inscripción caduca y la empresa deja de poder operar legalmente como contratista o subcontratista en el sector.
La empresa también está obligada a comunicar al registro cualquier variación relevante de los datos inscritos durante la vigencia del certificado, y a solicitar la cancelación de la inscripción si deja de cumplir los requisitos legales — seguir figurando como acreditada sin cumplirlos es responsabilidad de la propia empresa, no solo del registro.
Qué pasa si se contrata a una empresa sin certificado de contratas y subcontratas
Contratar o subcontratar con una empresa que no está inscrita en el REA es una infracción tipificada por la Ley 32/2006, sancionable tanto para quien subcontrata como para la empresa subcontratada sin registro. Además del riesgo sancionador, la ausencia de inscripción suele ser síntoma de que la empresa tampoco cumple los requisitos de fondo (solvencia, prevención, Seguridad Social) que el registro pretende garantizar.
En la práctica de obra, comprobar el certificado antes de firmar el contrato o antes de dar acceso a la subcontrata es más barato que descubrir después una empresa sin cobertura preventiva o con impagos a la Seguridad Social que puedan trasladarse por responsabilidad solidaria.
Certificado de contratas y subcontratas y límites de la cadena de subcontratación
La Ley 32/2006 no solo exige el registro: también limita el número de niveles de subcontratación permitidos en una obra (con carácter general, hasta el tercer nivel), precisamente para evitar cadenas de subcontratación opacas donde resulta imposible verificar que cada eslabón cumple sus obligaciones. El certificado de cada empresa de la cadena es la forma de comprobar, nivel a nivel, que la subcontratación se mantiene dentro del marco legal.
Llevar el control de qué empresas de la cadena tienen certificado vigente, en qué nivel de subcontratación están y cuándo caduca su inscripción es una tarea distinta de gestionar la documentación preventiva del día a día en obra — conviene no confundir ambos controles aunque compartan parte de la información.
Cómo apoya Bloqbase el control del certificado de contratas y subcontratas
Bloqbase puede ayudar a mantener visible, junto a cada subcontrata dada de alta en la obra, la fecha de vigencia de su certificado REA y avisar cuando se acerca a caducar — sin sustituir la responsabilidad legal de verificar el registro oficial de la comunidad autónoma correspondiente antes de contratar.
El software no sustituye la asesoría legal ni la comprobación directa en el registro autonómico: la decisión de contratar con una empresa y la responsabilidad de verificar su situación siguen siendo del contratista principal.